Información adicional al trámite SEMARNAT-07-017
Es el instrumento a través del cual los generadores de residuos peligrosos deben cumplir con la obligación de registrarse ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Generadores de residuos peligrosos Generador es una persona física o moral que produce residuos a través del desarrollo de procesos productivos o de consumo, el cual adquiere responsabilidades diferentes de acuerdo a la cantidad de residuos que generan anualmente.
¿Quién debe presentar el trámite de registro como generador de residuos peligrosos? Toda persona física o moral que produce residuos peligrosos, como resultado de la realización de procesos productivos o de consumo.
¿Cuáles son los plazos de respuesta? Este trámite no requiere respuesta, por lo que al presentarse en el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC), se emite una constancia de recepción sellada que avala su presentación.
¿Existe alguna información adicional que debe conocer el usuario? Si, la cual se refiere a:
Descripción del residuo:
Además del nombre, los residuos peligrosos deberán contar con el Código de Peligrosidad de Residuos (CPR) y con la Clave correspondiente indicada en los Listados de Clasificación de Residuos Peligrosos, de la NOM-052-SEMARNAT-2005.
La cantidad anual estimada de generación de residuos peligrosos, deberá ser expresada en unidades de masa (Ton/año).
Documentos a presentar:
Identificación oficial vigente para personas físicas, y en el caso de personas morales del representante legal (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar). Original y Copia
Acta constitutiva para el caso de personas morales. Original y Copia Poder Notarial para representantes legales (de ser el caso). Original y Copia Carta poder firmada ante dos testigos (de ser el caso, para la representación de las personas físicas). Original.
¿Cómo clasifica la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) a los generadores de residuos? La LGPGIR, clasifica a los generadores de residuos en tres categorías, en función de los volúmenes que generen siendo estos:
Grandes generadores
Pequeños generadores
Microgeneradores
¿La categoría como generador de residuos aplica únicamente para los que generen residuos peligrosos? No, en el caso de las categorías como pequeños y grandes generadores, aplica para los residuos de manejo especial y sólidos urbanos; mientras que para los microgeneradores, sólo aplica para residuos peligrosos.
¿Cuáles son los principales objetivos que persigue la legislación, al clasificar en categorías a los generadores de residuos? Diferenciar las responsabilidades que adquieren al generar determinada cantidad de residuos, es decir entre mayor sea la cantidad de generación, la LGPGIR establece obligaciones administrativas y técnicas específicas.
Que se cumplan las obligaciones jurídicas y administrativas correspondientes, mediante acciones que permitan la reducción en la fuente de generación (minimización), la correcta separación y valorización para un manejo integral adecuado.
¿Es necesario actualizar el registro como generador de residuos peligrosos?
Sí, en caso de actualización de datos (cambio de razón social y representante legal), actualización de listado de residuos generados, volúmenes y cambio de categoría. Lo anterior a través del trámite SEMARNAT-07-031 Modificación a los registros y autorizaciones en materia de residuos peligrosos, mediante el formato FF-SEMARNAT-005.
Asimismo, en caso de suspensión de generación o cierre de instalaciones en donde se generen residuos peligrosos, se deberá presentar el trámite SEMARNAT-07-034 a través de las siguientes modalidades, dependiendo el caso:
Modalidad A Avisos de suspensión de generación de residuos peligrosos.
Modalidad B Aviso de cierre de instalación de microgeneradores.
Modalidad C Aviso de cierre de instalación de pequeños y grandes generadores de y prestadores de servicios.
Consultar el Manifiesto de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos [1] Artículo 5º, fracción XII de la LGPGIR [2] Artículo 5º, fracción XX de la LGPGIR [3] Artículo 5º, fracción XIX de la LGPGIR