Los sitios contaminados con materiales y residuos peligrosos causan un problema socio-ambiental muy grave porque repercute en la salud humana, degrada el ambiente, afecta las especies, ocasiona la pérdida del uso de suelo en relación con su vocación original y afecta los cuerpos de agua superficial y mantos de agua subterránea.
Remediar un sitio contaminado es un proceso con frecuencia costoso y administrativamente complejo. La LGPGIR estableció con más claridad la obligación para los responsables de la contaminación de reparar los daños y realizar la remediación, y con su Reglamento, se sentaron las bases administrativas para lograr una gestión más sólida y eficaz.
Para facilitar la comprensión del tema, a continuación se muestra un listado de las definiciones en materia de remediación de sitios contaminados previstas en la LGPGIR y su Reglamento:
Emergencia ambiental: Cuando la contaminación del sitio derive de una circunstancia o evento indeseado o inesperado, que ocurra repentinamente y que traiga como resultado la liberación no controlada, incendio o explosión de uno o varios materiales peligrosos o residuos peligrosos que afecten la salud humana o el medio ambiente de manera inmediata.
Estudios de caracterización de sitios contaminados: Es la determinación cualitativa y cuantitativa de los contaminantes químicos o biológicos presentes, provenientes de materiales o residuos peligrosos, para estimar la magnitud y tipo de riesgos que conlleva dicha contaminación.
Estudios de evaluación de riesgo ambiental: Proceso metodológico para determinar la probabilidad o posibilidad de que se produzcan efectos adversos, como consecuencia de la exposición de los seres vivos a las sustancias contenidos en los residuos peligrosos o agentes infecciosos que los forman.
Tiene por objeto definir si la contaminación existente en un sitio representa un riesgo tanto para el medio ambiente como pasa la salud humana, así como los niveles de remediación específicos en el sitio en función del riesgo aceptable.
Investigaciones históricas: Tienen como finalidad establecer las actividades causantes de los daños ambientales realizadas en el sitio contaminado, los sucesos que condujeron a la contaminación del suelo, el subsuelo y los mantos acuíferos, las condiciones geo-hidrológicas que prevalecieron en el sitio, con base en informaciones documentales, así como la relación de quienes hubieren sido poseedores y de los usos que haya tenido el predio o predios en los cuales se localice el sitio contaminado.
Materiales semejantes a suelos: Todos aquéllos que por sus propiedades mecánicas, físicas y químicas presenten semejanza con suelos contaminados, tales como lodos de presas, lodos y sedimentos de cárcamos, tanques de almacenamiento, entre otros.
Pasivo ambiental: Aquellos sitios contaminados por la liberación de materiales o residuos peligrosos, que no fueron remediados oportunamente para impedir la dispersión de contaminantes, pero que implica una obligación de remediación. En esta definición se incluye la contaminación generada por una emergencia que tenga efectos sobre el medio ambiente.
Programas: Serie ordenada de actividades y operaciones necesarias para alcanzar los objetivos de esta Ley.
Las acciones en materia de remediación de sitios, se llevarán a cabo mediante programas.
Programas de remediación: Se integran con:
I. Estudios de caraterización.
II. Estudios de evaluación del riesgo ambiental.
III. Investigaciones históricas.
IV. Las propuestas de remediación.
Los programas de remediación se elaboran con base en el estudio de caracterización y, en su caso, en el de evaluación de riesgo ambiental. En la elaboración de los programas de remediación para pasivos ambientales también se considerarán las investigaciones históricas.
Propuesta de remediación: Es un documento que contiene las acciones que se llevarán a cabo para la remediación del sitio, incluye datos del sitio, de los contaminantes y sus concentraciones, monitoreo, desalojo de residuos, seguimiento de receptores y uso de suelo futuro.
Remediación: Conjunto de medidas a las que se someten los sitios contaminados para eliminar o reducir los contaminantes hasta un nivel seguro para la salud y el ambiente o prevenir su dispersión en el ambiente sin modificarlos de conformidad con lo que establece la LGPGIR.
Riesgo: Probabilidad o posibilidad de que el manejo, la liberación al ambiente y la exposición a un material o residuo, ocasionen efectos adversos en la salud humana, en los demás organismos vivos, en el agua, aire, suelo, en los ecosistemas, o en los bienes y propiedad pertenecientes a los particulares.
Sitio contaminado: Lugar, espacio, suelo, cuerpo de agua, instalación o cualquier combinación de éstos que han sido contaminados con materiales o residuos, que por sus cantidades y características, pueden representar un riesgo para la salud humana, a los organismos vivos y el aprovechamiento de los bienes o propiedades de las personas.
Suelo: Material no consolidado compuesto por partículas inorgánicas, materias orgánicas, agua, aire y organismos, que comprende desde la capa superior de la superficie terrestre hasta diferentes niveles de profundidad.
Suelos tratados en el sitio contaminado: Cuando el tratamiento de los suelos contaminados se realiza en el sitio en el cual se encuentran, sin llevar a cabo remoción, excavación o transferencia de los mismos.
Suelos tratados a un lado del sitio contaminado: Cuando el tratamiento se realiza sobre un área adyacente al sitio contaminado o sobre un área dentro del sitio contaminado, previa remoción del suelo o de los materiales semejantes a suelos.
Suelos tratados fuera del sitio: Cuando se remueve y transporta el suelo contaminado y los materiales semejantes a suelos contaminados a un lugar fuera de aquél donde se ubican, para someterlos a tratamiento en instalaciones fijas autorizadas.
Tema: Biorremediación
Biología y medio ambiente
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