La norma nos dice que:
“La recolección y el transporte de los residuos peligrosos biológico infecciosos referidos en esta Norma Oficial Mexicana, deberá realizarse conforme a lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos aplicables y cumplir lo siguiente:”
a) Sólo podrán recolectarse los residuos que cumplan con el envasado, embalado y etiquetado o rotulado como se establece a continuación.
Las áreas de generación de los establecimientos generadores, se deberán separar y envasar todos los residuos peligrosos biológico-infecciosos, de acuerdo con sus características físicas y biológicas infecciosas, conforme a la siguiente tabla de esta Norma Oficial Mexicana. Durante el envasado, los residuos peligrosos biológico-infecciosos no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos municipales o peligrosos.
Tipo de Residuos
Sangre
ESTADO FISICO : Líquidos ENVASADO : Recipientes herméticos COLOR : Rojo
Cultivos y cepas
ESTADO FISICO : Sólidos
ENVASADO : Bolsas de polietileno
COLOR : Rojo
Patológicos
Primera Clasificación ESTADO FISICO : Sólidos ENVASADO : Bolsas de polietileno COLOR : Amarillo Segunda Clasificación ESTADO FISICO : Líquidos ENVASADO: Recipientes herméticos COLOR: Amarillo
Residuos no anatómicos
Primera Clasificación ESTADO FISICO: Sólidos ENVASADO: Bolsas de polietileno COLOR: Rojo Segunda Clasificación ESTADO FISICO: Líquidos ENVASADO: Recipientes herméticos COLOR: Rojo
Punzocortantes
ESTADO FISICO: Sólidos ENVASADO: Recipientes rígidos de polipropileno COLOR: Rojo
Características para correcto envasado de RPBI
a) Las bolsas deberán ser de polietileno de color rojo traslúcido de calibre mínimo 200 y de color amarillo traslúcido de calibre mínimo 300, impermeables y con un contenido de metales pesados de no más de una parte por millón y libres de cloro, además deberán estar marcadas con el símbolo universal de riesgo biológico y la leyenda Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (Apéndice Normativo), deberán cumplir los valores mínimos de los parámetros indicados en la tabla 3 de esta Norma Oficial Mexicana.
Las bolsas se llenarán al 80 por ciento (80%) de su capacidad, cerrándose antes de ser transportadas al sitio de almacenamiento temporal y no podrán ser abiertas o vaciadas.
b) Los residuos peligrosos biológico-infecciosos no deben ser compactados durante su recolección y transporte.
c) Los residuos peligrosos biológico-infecciosos envasados deberán almacenarse en contenedores metálicos o de plástico con tapa y ser rotulados con el símbolo universal de riesgo biológico, con la leyenda “RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-INFECCIOSOS”.
Los contenedores referidos en el punto anterior deben ser desinfectados y lavados después de cada ciclo de recolección.
d) Los vehículos recolectores deben ser de caja cerrada y hermética, contar con sistemas de captación de escurrimientos, y operar con sistemas de enfriamiento para mantener los residuos a una temperatura máxima de 4°C (cuatro grados Celsius).
Además, los vehículos con capacidad de carga útil de 1,000 kg o más deben operar con sistemas mecanizados de carga y descarga.
e) Durante su transporte, los residuos peligrosos biológico-infecciosos sin tratamiento no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos municipales o de origen industrial.
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